Impacto ambiental · Auditoría

AUDITORÍA
DE CIERRE

Pasivos, suelo, napa, instalaciones a desmantelar y bajas administrativas. Un cierre documentado establece una línea de corte: lo que había al cesar la actividad queda registrado.

El cierre

LO QUE QUEDA
CUANDO SE VA

El cierre de un establecimiento industrial deja dos clases de cosas abiertas. Las administrativas —inscripciones vigentes, certificados que se siguen renovando, permisos activos— y las físicas: tanques, piletas, suelos, instalaciones y residuos que quedan en el predio.

Las primeras se cierran con trámites. Las segundas exigen saber en qué estado queda el sitio, y ese es el trabajo de fondo: caracterizar los pasivos ambientales antes de irse. Un tanque enterrado que nadie declaró, una pileta con barros, un sector donde hubo derrames: son cosas que no desaparecen porque el establecimiento cierre.

La razón práctica para hacerlo bien es simple: la responsabilidad no se cierra con la persiana. Un pasivo no caracterizado reaparece cuando el predio se vende, se alquila o se cambia de destino, y para entonces la discusión es entre partes que ya firmaron.

Alcance pasivos físicos y bajas administrativas
Base estado del sitio documentado antes de irse
Después venta, alquiler o cambio de destino del predio
Riesgo el pasivo que aparece con la operación cerrada

Cómo trabajamos

CÓMO SE CIERRA
UN ESTABLECIMIENTO

01

Investigación histórica del sitio

Reconstrucción de los usos anteriores del predio: procesos desarrollados, sustancias manejadas, planos, entrevistas y eventos que puedan haber afectado el suelo o la napa. Es lo que dice dónde buscar; sin esa lectura, muestrear es caro y además incompleto.

02

Inventario de instalaciones

Tanques aéreos y enterrados, piletas, cámaras, conducciones y sectores de almacenamiento. Incluye lo que ya no se usa y lo que nadie recuerda, que suele ser lo que más importa.

03

Campaña de muestreo

Definición de dónde muestrear, a qué profundidad y qué parámetros analizar, según los procesos de cada sector. Ejecución con cadena de custodia y análisis en laboratorio habilitado.

04

Agua subterránea

Construcción o relevamiento de freatímetros, muestreo de napa y evaluación de la existencia y extensión de una eventual pluma. Es la parte que define si el problema queda dentro del predio o se fue.

05

Tanques y estructuras enterradas

Detección, ensayo de estanqueidad y proyecto de desmantelamiento y retiro de los tanques fuera de servicio, con manejo del suelo circundante.

06

Retiro de residuos y stocks

Inventario, clasificación y salida documentada de todo el residuo y la sustancia remanente, con operadores y transportistas habilitados y cierre de cada manifiesto.

07

Bajas administrativas

Cierre de las inscripciones y permisos que siguen vigentes: generador de residuos, permiso de vuelco, licencia de emisiones, explotación del recurso y el propio certificado ambiental.

08

Informe de cierre y, si corresponde, plan de remediación

Documento final con el estado del sitio y la evidencia que lo respalda. Cuando se detecta afectación, se define la estrategia de remediación, su alcance, su costo estimado y el criterio de finalización.

Qué suele quedar en un predio

Los pasivos que aparecen en los relevamientos.

  • Tanques enterrados fuera de servicio
  • Piletas y cámaras con barros remanentes
  • Suelo afectado en sectores de carga y descarga
  • Residuos acumulados sin retirar
  • Transformadores y equipos con aceites
  • Conducciones y desagües fuera de plano

Bajas que quedan abiertas

Lo administrativo que sigue corriendo solo.

  • Inscripción como generador de residuos, con su declaración anual
  • Permiso de vuelco sobre una descarga que ya no existe
  • Licencia de emisiones de una fuente retirada
  • Permiso de explotación de un pozo sin uso
  • Certificado de Aptitud Ambiental en renovación automática

Una inscripción que sigue vigente sobre una actividad que ya no existe genera obligaciones que nadie está cumpliendo. El cierre administrativo es tan parte del cierre como el retiro de las instalaciones.

Marco legal

NORMATIVA
APLICABLE

NormaQué establece
Ley 11.723Marco ambiental provincial. La responsabilidad por el daño ambiental no se extingue con el cese de la actividad.
Ley 25.675Ley General del Ambiente: recomposición del daño ambiental de incidencia colectiva.
Ley 11.459 y Dec. 973/20Radicación industrial: baja del Certificado de Aptitud Ambiental.
Ley 11.720 y Res. 60/2026Residuos: retiro documentado del remanente y baja de la inscripción como generador.
Ley 12.257Código de Aguas: baja de permisos de explotación y de vuelco.
Decreto 1074/18Licencia de Emisiones Gaseosas: baja de las fuentes fijas retiradas.

La normativa se actualiza con frecuencia: los datos de esta página fueron verificados contra fuente oficial y conviene confirmarlos al momento de aplicarlos.

Preguntas

PREGUNTAS
FRECUENTES

¿Qué es un pasivo ambiental?

La afectación que queda en un sitio como consecuencia de la actividad que se desarrolló ahí: suelo o agua subterránea afectados, instalaciones con remanente de producto, residuos acumulados. No desaparece porque el establecimiento cierre.

¿Es obligatorio hacer una auditoría de cierre?

El alcance formal depende del caso y del organismo, pero las bajas administrativas sí son necesarias: una inscripción vigente sobre una actividad inexistente sigue generando obligaciones. Y la caracterización del sitio es lo que protege a las partes cuando el predio cambia de manos.

¿Se puede vender un predio sin caracterizarlo?

Se puede, pero el pasivo no desaparece con la escritura: reaparece cuando el comprador lo descubre. Documentar el estado del sitio antes de vender define la posición de cada parte con evidencia y no con memoria.

¿En qué se diferencia del due diligence ambiental?

El due diligence lo hace quien va a comprar o invertir, para saber qué está recibiendo. La auditoría de cierre la hace quien se va, para documentar en qué estado deja el sitio y cerrar lo que quedó abierto. Muchas veces son las dos caras de la misma operación.

¿Qué pasa si no doy de baja las inscripciones?

Siguen vigentes, con sus obligaciones periódicas: declaraciones juradas, renovaciones y presentaciones que nadie está haciendo. El incumplimiento se acumula sobre una actividad que ya ni siquiera existe.

¿Cómo se sabe si el suelo está afectado?

Con una campaña de muestreo orientada por la historia del sitio, cadena de custodia y análisis en laboratorio habilitado, y el contraste de los resultados con los niveles guía aplicables. La historia define dónde muestrear; el análisis define si hay afectación.

¿Y si aparece contaminación?

Se define un plan de remediación: la estrategia, su alcance, el costo estimado y el criterio de finalización. Detectarlo durante el cierre permite dimensionarlo y planificarlo; detectarlo después, con el predio transferido, lo convierte en un conflicto entre partes.