Cálculo estructural · Seguridad e higiene

CÁLCULO DE
ELEMENTOS DE IZAJE

El puente grúa lo calculó el fabricante. La estructura que lo sostiene, casi nunca.

El servicio

QUÉ DICE LA LEY
Y QUÉ SE CALCULA

El marco legal es el Capítulo 15 del Decreto 351/79, artículos 114 a 134. No es un reglamento de cálculo: es un conjunto de exigencias concretas, y son bastante más duras de lo que se suele suponer. Fija coeficientes de seguridad mínimos según el elemento, obliga a marcar la carga máxima de forma legible, exige ensayo por personal competente antes del primer uso y establece periodicidades de control.

Conviene decirlo con todas las letras porque circula lo contrario: la "inspección anual" de aparatos de izar no está en la ley argentina. Lo que el artículo 116 exige es una verificación diaria de los elementos sometidos a esfuerzo y una revisión general trimestral de cables, cadenas, frenos y controles por personal especializado. La periodicidad anual viene de normas internacionales de buena práctica, no del decreto. Quien cumple sólo con una inspección al año está por debajo de lo que pide la norma que sí es obligatoria.

Y hay una distinción que cambia todo el encuadre: en obra de construcción no rige el 351/79. El artículo 2 del Decreto 911/96 desplaza expresamente esas disposiciones para la industria de la construcción, que tiene su propio régimen. Encuadrar mal es el error más frecuente en la documentación de izaje.

Marco Decreto 351/79, Cap. 15, arts. 114 a 134
Periodicidad legal diaria y trimestral, no anual
Ganchos coeficiente 3 a mano, 4 con fuerza motriz, 5 en peligrosos
En construcción rige el Decreto 911/96, no el 351/79

Qué calculamos

LO QUE IZA
Y LO QUE SOSTIENE

01

Vigas y balancines de izaje

Elementos por debajo del gancho: vigas de reparto, balancines, marcos y útiles a medida para izar equipos, bombas, tanques o piezas de geometría difícil. Con su placa de carga y su memoria.

02

Pórticos y monorrieles

Estructuras de izaje fijas o desplazables sobre bombas, tableros y equipos que se retiran para mantenimiento. Se calculan con el coeficiente que corresponde a partes estructurales.

03

Estructura de soporte de puente grúa

Vigas carrileras, ménsulas y columnas que reciben al puente. El fabricante entrega el cálculo del equipo; la estructura que lo recibe queda del lado del comitente, y suele ser un galpón proyectado sin él.

04

Anclajes y puntos de amarre

Puntos fijos de izaje sobre estructura o sobre hormigón. Se verifica la pieza, el anclaje y el elemento que lo recibe, que es donde la cadena se corta.

05

Verificación de equipos existentes

Relevamiento de aparatos en servicio, contraste con las exigencias del Capítulo 15, cartelería de carga máxima y determinación de qué se puede seguir usando y con qué límite.

06

Documentación para auditoría

Memoria de cálculo, planos, placa de carga y protocolo de verificaciones con la periodicidad que exige el decreto. Es lo que se pide cuando aparece un auditor o después de un incidente.

Los coeficientes que fija el decreto

Artículo 118, sobre la carga máxima admisible.

  • Ganchos de aparatos accionados a mano: coeficiente 3
  • Ganchos de aparatos accionados con fuerza motriz: coeficiente 4
  • Izado o transporte de materiales peligrosos: coeficiente 5
  • Partes estructurales: coeficiente 4
  • Cables izadores: coeficiente 6
  • Cadenas: factor no inferior a 5 · cuerdas: no inferior a 10

Lo que se hace mal

Y lo que se encuentra en una verificación.

  • Suponer que la inspección es anual cuando el decreto pide trimestral
  • Aplicar el 351/79 en obra de construcción, donde rige el 911/96
  • Colgar un aparejo de una viga que nunca se verificó para esa carga
  • Usar un balancín sin placa de carga y sin memoria que lo respalde
  • Descartar cables por criterio visual sin el criterio del artículo 123

El decreto también fija criterios de descarte que nadie mira: cadenas con más del 20 % de desgaste salen de servicio, y un cable se desecha cuando tiene más del 10 % de hilos rotos en dos tramos separados por menos de ocho diámetros. Son números, no apreciaciones.

Marco legal

NORMATIVA
APLICABLE

NormaQué establece
Decreto 351/79, art. 114La carga máxima admisible debe figurar marcada y ser claramente legible en el aparato.
Decreto 351/79, art. 116Ensayo por personal competente antes del primer uso, verificación diaria de los elementos sometidos a esfuerzo y revisión general trimestral de cables, cadenas, frenos y controles.
Decreto 351/79, art. 118Coeficientes de seguridad mínimos sobre la carga máxima admisible, según el tipo de elemento.
Decreto 351/79, arts. 122 a 124Factores de seguridad y criterios de descarte para cadenas, cables y cuerdas.
Decreto 911/96, art. 2A partir de su dictado no se aplican a la industria de la construcción las disposiciones del Decreto 351/79.
Ley PBA 10.416, art. 6 bisVisado previo del Colegio de Ingenieros para la documentación técnica.

La normativa se actualiza con frecuencia: los datos de esta página fueron verificados contra fuente oficial y conviene confirmarlos al momento de aplicarlos.

Preguntas

PREGUNTAS
FRECUENTES

¿Cada cuánto se inspeccionan los aparatos para izar?

El Decreto 351/79, en su artículo 116, exige tres cosas: ensayo por personal competente antes de poner el aparato en uso, verificación diaria de los elementos sometidos a esfuerzo, y revisión general trimestral de cables, cadenas, frenos y controles por personal especializado. La "inspección anual" que suele citarse no está en el decreto: proviene de normas internacionales de buena práctica.

¿Qué coeficiente de seguridad exige la ley para un gancho?

El artículo 118 fija, sobre la carga máxima admisible: 3 para ganchos de aparatos accionados a mano, 4 para los accionados con fuerza motriz, 5 para los que se emplean en izado o transporte de materiales peligrosos, 4 para las partes estructurales y 6 para los cables izadores. Las cadenas tienen factor no inferior a 5 y las cuerdas no inferior a 10.

¿Esto se aplica también en obra de construcción?

No. El artículo 2 del Decreto 911/96 establece que a partir de su dictado no se aplican a la industria de la construcción las disposiciones del Decreto 351/79. La obra tiene su propio régimen. Encuadrar la documentación en la norma equivocada es el error más común, y es lo primero que observa un auditor.

Quiero colgar un aparejo de una viga del galpón. ¿Alcanza con que la viga sea grande?

No. Hay que verificar la viga para esa carga y esa posición, el detalle de amarre y la columna que recibe la reacción. Es habitual que la viga verifique y falle el punto de amarre, o que verifique el conjunto y no la fundación. Se calcula la cadena completa, no la pieza más visible.

¿Pueden calcular un balancín a medida?

Sí. Es un pedido frecuente: izar una bomba, un motor, un tanque o una pieza con centro de gravedad desplazado. Se entrega memoria de cálculo, planos de fabricación, especificación de material y soldadura, y la placa con la carga máxima admisible y el peso propio del elemento.