Autoridad del Agua

PERMISO
HIDRÁULICO
ADA

Prefactibilidad hídrica, aptitud hidráulica y autorización de obras que afectan el escurrimiento. El trámite que condiciona loteos, urbanizaciones y cualquier intervención sobre el agua superficial.

El trámite

QUÉ ES EL PERMISO
HIDRÁULICO DE LA ADA

Cualquier obra que modifique el escurrimiento superficial en la Provincia de Buenos Aires necesita autorización de la Autoridad del Agua. Eso incluye loteos y urbanizaciones, rellenos y terraplenes, canalizaciones, alcantarillas, puentes, obras sobre cursos de agua y sistematizaciones rurales.

La lógica del organismo es simple: el agua que un proyecto no absorbe va a parar a otro lado, y ese otro lado tiene dueño. Por eso lo que se evalúa no es solo la obra en sí, sino su efecto sobre la cuenca aguas abajo.

Desde la Resolución Conjunta 1746-ADA-2025, publicada el 26 de noviembre de 2025, el circuito se reordenó por completo. Se eliminó la precalificación y el trámite arranca con una Declaración Jurada Inicial, a partir de la cual el organismo asigna una Calificación Hídrica (CHi0 a CHi3) y un Nivel de Funcionamiento. Esas dos variables definen el recorrido: Certificado de Prefactibilidad Hídrica → Aptitud de Obra Hidráulica → Constancia de Aptitud Hidráulica.

El respaldo del trámite es un estudio hidrológico e hidráulico que demuestre el comportamiento en la situación actual y con el proyecto, y que proponga las obras necesarias para no trasladar el problema. Sin ese respaldo, el expediente vuelve observado.

Prefactibilidad hídrica de predios y proyectos
Aptitud hidráulica para loteos y urbanizaciones
Obras sobre cursos de agua y canales
Línea de ribera y restricciones al dominio
Modificación del escurrimiento natural
Estudio hidrológico e hidráulico de respaldo

Alcance

TRÁMITES HIDRÁULICOS
ANTE LA ADA

01

Prefactibilidad hídrica

Consulta previa sobre la viabilidad hídrica de un predio o proyecto, que define condicionantes antes de avanzar con el desarrollo y con inversiones mayores.

02

Aptitud hidráulica de loteos

Trámite requerido para subdivisiones y urbanizaciones, con el estudio que demuestra el manejo del escurrimiento y las obras de desagüe previstas.

03

Obras en cursos de agua

Autorización de alcantarillas, puentes, canalizaciones, entubamientos, defensas y cualquier intervención sobre un curso o canal.

04

Rellenos y terraplenes

Autorización de movimientos de suelo que modifican cotas y alteran el escurrimiento natural, con la compensación de volumen que corresponda.

05

Línea de ribera

Gestión de la determinación de la línea de ribera y del alcance de las restricciones al dominio en predios ribereños.

06

Estudios de respaldo

Elaboración del estudio hidrológico e hidráulico que sustenta técnicamente la presentación ante el organismo.

Alcance

QUÉ OBRAS
REQUIEREN PERMISO
HIDRÁULICO

Intervenciones alcanzadas

Toda obra que altere el escurrimiento natural del agua superficial queda comprendida, esté o no cerca de un curso de agua.

  • Loteos, subdivisiones y urbanizaciones
  • Barrios cerrados y countries
  • Rellenos y terraplenes que modifican cotas
  • Alcantarillas, puentes y cruces de camino
  • Canalizaciones y entubamientos
  • Defensas, terraplenes de protección y taludes
  • Desagües pluviales de predios industriales
  • Sistematización de campos y canales rurales
  • Obras dentro de la zona de restricción al dominio

Errores que trancan el expediente

La mayoría de las demoras no son del organismo: vienen de presentaciones que no demuestran lo que hay que demostrar.

  • Presentar sin estudio hidrológico de respaldo
  • Calcular solo la situación con proyecto, sin la actual
  • Ignorar el efecto aguas abajo del predio
  • Rellenar antes de pedir la autorización
  • Topografía insuficiente para la escala del proyecto
  • No verificar la línea de ribera en predios ribereños

Regularizar una obra ya ejecutada es considerablemente más complejo que autorizarla antes. Bajo el régimen actual, para obras ejecutadas se exige además registro fotográfico.

Metodología

CÓMO SE TRAMITA LA
PREFACTIBILIDAD HÍDRICA

01

Análisis preliminar

Ubicación del predio en la cuenca, antecedentes de anegamiento, cursos y canales próximos, y determinación de qué trámite corresponde.

02

Relevamiento

Topografía del predio y del entorno relevante, verificación de cotas y de las condiciones actuales de escurrimiento.

03

Estudio hidrológico e hidráulico

Cálculo de caudales de diseño y modelación del escurrimiento en la situación actual y con el proyecto.

04

Propuesta de obras

Diseño de los desagües, obras de retención o estructuras necesarias para que el proyecto no agrave la situación aguas abajo.

05

Presentación y seguimiento

Armado del expediente, ingreso ante el organismo y respuesta a observaciones hasta obtener la resolución.

Régimen vigente

DE LA PREFACTIBILIDAD
AL PERMISO

InstanciaDe qué se trata
Declaración Jurada InicialReemplazó a la precalificación del régimen anterior. Releva datos del usuario y del inmueble, usos y caudales, efluentes y redes de monitoreo. Es el punto de partida de todo el trámite.
Calificación Hídrica (CHi)Cuatro niveles, de CHi0 a CHi3, según el uso del recurso, la localización del proyecto y la generación de efluentes. Determinan la complejidad del proceso y los plazos aplicables.
Nivel de Funcionamiento (NF)Distingue proyectos sin obras ejecutadas (NF0) de aquellos con obras total o parcialmente ejecutadas y operativas (NF1). En el segundo caso se exige registro fotográfico de las obras.
Certificado de Prefactibilidad HídricaLa consulta previa sobre la viabilidad hídrica del predio o proyecto. El régimen vigente modificó los plazos según la calificación asignada.
Aptitud de Obra HidráulicaAutorización técnica de las obras proyectadas, previa a su ejecución.
Constancia de Aptitud HidráulicaEl acto final del circuito hidráulico. El régimen incorporó el Resumen del Proyecto Ejecutivo como requisito esencial, con carácter de declaración jurada y firma del profesional de parte y del interesado.

El marco general es el Código de Aguas de la Provincia (Ley 12.257) y su Decreto Reglamentario 3511/07. El procedimiento se actualizó a fines de 2025 y puede seguir cambiando: conviene verificar el régimen vigente antes de armar el expediente.

Preguntas

PREGUNTAS SOBRE
EL PERMISO HIDRÁULICO

¿Qué es la prefactibilidad hídrica y cuándo se pide?

Es la consulta previa ante la Autoridad del Agua sobre la viabilidad hídrica de un predio o de un proyecto. Sirve para conocer, antes de invertir, qué condicionantes tiene el sitio: si está en zona inundable, qué restricciones pesan sobre él y qué obras van a ser exigidas. Es de los trámites que más conviene hacer temprano, porque su resultado puede cambiar por completo la ecuación económica de un desarrollo.

¿Cuándo hace falta un permiso hidráulico?

Cuando la intervención modifica el escurrimiento superficial: loteos y urbanizaciones, rellenos y terraplenes, obras sobre cursos de agua o canales, alcantarillas, puentes, entubamientos y sistematizaciones rurales. En caso de duda conviene consultar antes de ejecutar, porque regularizar una obra ya construida es considerablemente más complejo que autorizarla previamente.

¿Qué cambió con la Resolución 1746/25?

Publicada el 26 de noviembre de 2025, aprobó un nuevo régimen para prefactibilidades hídricas, aptitudes de obra y permisos, y derogó las Resoluciones 2222/2019 y 1033/10 junto con la Disposición 175/2019. Se eliminó la precalificación y se la reemplazó por una Declaración Jurada Inicial, a partir de la cual el organismo asigna una Calificación Hídrica y un Nivel de Funcionamiento. La resolución también modificó los plazos previstos para el Certificado de Prefactibilidad Hídrica según la clasificación del proyecto.

¿Qué es la Calificación Hídrica (CHi)?

Es la clasificación que asigna el organismo a partir de la Declaración Jurada Inicial. Está estructurada en cuatro niveles, de CHi0 a CHi3, conforme criterios vinculados al uso del recurso hídrico, la localización del proyecto y la generación de efluentes. Determina el grado de complejidad del proceso por el que debe transitar el usuario, y por lo tanto los plazos, la documentación exigible y el costo del trámite.

¿Qué es la línea de ribera?

Es el límite entre el dominio público y el privado frente a un curso o cuerpo de agua, y la determina la Autoridad del Agua. Para el permiso hidráulico importa porque si el predio es ribereño el organismo va a pedirla determinada antes de aprobar, y eso agrega un trámite previo que conviene arrancar a tiempo. Cómo se determina está en determinación de línea de ribera.

¿Puedo lotear un campo en zona inundable?

Depende de la magnitud del riesgo y de las obras que se propongan. La aptitud hidráulica es el trámite donde eso se define: el estudio determina la mancha de inundación para la recurrencia exigida y establece qué cota mínima, qué desagües y qué obras de retención hacen viable la urbanización, si es que la hacen viable. El resultado puede ser también que el proyecto no sea aprobable en la forma planteada.

¿Qué pasa si relleno un terreno que se inunda?

El volumen de agua que el terreno dejaba de recibir va a otro lado, habitualmente al predio vecino o a la calle. Por eso los rellenos que alteran el escurrimiento requieren autorización y suelen exigir compensación del volumen desplazado. Es además una de las fuentes más frecuentes de conflicto entre linderos, con reclamos que terminan en instancia judicial y peritajes.

¿Qué estudio técnico exige el trámite?

Un estudio hidrológico e hidráulico que demuestre el comportamiento del escurrimiento en la situación actual y en la situación con proyecto. El hidrológico calcula cuánta agua llega, a partir del análisis de lluvias y de la cuenca de aporte; el hidráulico calcula qué hace esa agua cuando llega: por dónde escurre, a qué velocidad y hasta qué nivel sube. Sin ese respaldo el expediente vuelve observado.

¿Qué relación tiene con la habilitación municipal?

El municipio aprueba el proyecto urbanístico, pero en materia de escurrimiento y agua superficial la competencia es provincial. Es habitual que el municipio exija la intervención previa de la Autoridad del Agua como condición para avanzar, de modo que el trámite provincial suele estar en la ruta crítica del proyecto y conviene iniciarlo temprano.

¿Cuánto tarda el permiso hidráulico?

Depende de la Calificación Hídrica asignada al proyecto y de la completitud del expediente. El régimen vigente modificó los plazos del Certificado de Prefactibilidad Hídrica según la clasificación, por lo que dos proyectos de escala similar pueden tener recorridos distintos. La mayor parte de las demoras proviene de presentaciones incompletas que generan observaciones sucesivas.

¿Hay que constituir domicilio electrónico?

Sí. La Resolución ADA 1950/2025, publicada el 8 de enero de 2026, estableció la obligatoriedad de constituir domicilio electrónico para todos los trámites ante el organismo, a través de la plataforma de administración digital de la Provincia. Las notificaciones cursadas por esa vía son plenamente válidas y vinculantes, así que conviene que alguien de la empresa revise esa casilla con regularidad.