Higiene laboral · Servicio continuo

SERVICIO MENSUAL
DE SEGURIDAD E HIGIENE

Profesional de higiene y seguridad con visitas programadas al establecimiento: relevamiento, registros, capacitación y respuesta ante auditorías de la aseguradora.

El servicio

POR QUÉ ES UN SERVICIO
Y NO UN TRÁMITE

La Ley 19.587 y su reglamentación obligan al empleador a contar con servicio de higiene y seguridad en el trabajo. La palabra importa: es un servicio continuo, con visitas, registros y responsabilidad profesional, no un certificado que se saca una vez al año.

La diferencia se nota cuando llega una auditoría. Un establecimiento con servicio mensual tiene el legajo armado, las capacitaciones registradas, las constancias de entrega de elementos de protección y las mediciones vigentes. Uno que resolvió el tema con un papel tiene el papel.

El Decreto 351/79 fija los requisitos generales, pero en obra no rige: su artículo 2 dispone que a partir del dictado del Decreto 911/96 las disposiciones del 351/79 no se aplican a la industria de la construcción, que pasa a tener régimen propio, con sus propias exigencias: programa de seguridad, aviso de obra y documentación del personal. Muchos comitentes no autorizan el ingreso sin eso al día.

La carga horaria del servicio depende de la actividad, del nivel de riesgo y de la cantidad de personal. En el primer contacto lo que hacemos es justamente definir ese alcance, porque de ahí sale todo lo demás.

Modalidad profesional externo con visitas programadas
Alcance según actividad, riesgo y dotación
Incluye legajo, registros y seguimiento
Obra programa de seguridad bajo Decreto 911/96
Respuesta ante auditorías e intimaciones

Cómo trabajamos

QUÉ INCLUYE
EL SERVICIO

01

Visitas programadas

Recorrida periódica del establecimiento con registro de lo relevado, las recomendaciones y el estado de las acciones anteriores.

02

Legajo técnico

Armado y mantenimiento de la documentación de higiene y seguridad, que es lo primero que se pide en una auditoría.

03

Capacitación del personal

Programa anual con temario, dictado y registro de asistencia, en uso de elementos de protección, riesgos del puesto y emergencias.

04

Mediciones de higiene

Coordinación y ejecución de las mediciones que correspondan según la actividad, con sus protocolos vigentes.

05

Investigación de accidentes

Análisis de causas, informe y medidas correctivas, que es lo que la aseguradora requiere tras un siniestro.

06

Respuesta a auditorías

Acompañamiento en las visitas de la aseguradora y elaboración de los descargos y planes de acción que correspondan.

Qué queda documentado

En una auditoría, la documentación pesa tanto como la condición física del establecimiento.

  • Registro de cada visita y de lo relevado
  • Recomendaciones emitidas y su estado de avance
  • Capacitaciones dictadas con constancia de asistencia
  • Entrega de elementos de protección con constancia firmada
  • Protocolos de medición vigentes
  • Investigación de los accidentes ocurridos
  • Programa de seguridad de obra, cuando corresponde
  • Plan de acción sobre los incumplimientos detectados

Hallazgos que se repiten

Los mismos incumplimientos aparecen en rubros muy distintos.

  • Mediciones vencidas o que nunca se hicieron
  • Capacitaciones dictadas sin registro de asistencia
  • Elementos de protección entregados sin constancia
  • Máquinas sin protecciones ni parada de emergencia
  • Trabajo en altura sin sistema de detención de caídas
  • Accidentes previos sin investigación documentada

Una capacitación sin planilla firmada, a los efectos de una auditoría, no ocurrió.

Marco legal

NORMATIVA
APLICABLE

NormaQué establece
Ley 19.587Ley de higiene y seguridad en el trabajo. Establece la obligación del empleador de contar con servicio de higiene y seguridad.
Decreto 351/79Reglamentación general de la Ley 19.587: iluminación, ruido, ventilación, carga térmica, incendio, máquinas y protección personal. Su artículo 2 excluye de su ámbito a la industria de la construcción a partir del dictado del Decreto 911/96.
Decreto 911/96Régimen específico de la industria de la construcción: programa de seguridad, aviso de obra y requisitos del trabajo en obra.
Ley 24.557Riesgos del trabajo. Define el rol de la aseguradora, sus facultades de control y las obligaciones del empleador frente a ella.

La normativa se actualiza con frecuencia: los datos de esta página fueron verificados contra fuente oficial y conviene confirmarlos al momento de aplicarlos.

Preguntas

PREGUNTAS
FRECUENTES

¿Es obligatorio tener servicio de higiene y seguridad?

La Ley 19.587 y su reglamentación establecen la obligación del empleador de contar con servicio de higiene y seguridad. El alcance y la carga horaria dependen de la actividad, del riesgo y de la cantidad de personal. Más allá de la obligación legal, en la práctica lo exigen las aseguradoras y los comitentes como condición para operar o para ingresar a una obra.

¿Cuántas visitas por mes incluye?

Depende del alcance que corresponda al establecimiento según su actividad, su nivel de riesgo y su dotación. Ese es el primer punto que definimos, porque determina tanto el cumplimiento como el costo.

¿Sirve si somos una empresa chica?

Sí, y a menudo es donde más se nota. Un establecimiento chico rara vez tiene a alguien dedicado al tema, y las obligaciones son las mismas. El servicio externo cubre esa función sin necesidad de incorporar personal.

¿Qué pasa si ya tenemos una intimación de la aseguradora?

Se trabaja sobre eso desde la primera visita: se releva qué se observó, se arma el plan de acción con plazos y se acompaña la respuesta. Cuanto antes se responde, mejor es la posición.

¿El servicio incluye las mediciones?

Coordinamos y ejecutamos las mediciones que correspondan a la actividad: iluminación, ruido, puesta a tierra y las específicas del rubro. Cada una tiene su protocolo y su vencimiento, y el servicio se ocupa de que estén vigentes.

Contacto

¿LO NECESITÁS
PARA TU ESTABLECIMIENTO?

Contanos qué actividad desarrollás, cuánto personal tenés y si hay una auditoría o intimación en curso. Con eso definimos el alcance.

Oficina
Calle 39 entre 11 y 12, La Plata
Cobertura
Provincia de Buenos Aires