Residuos · Por régimen

RESIDUOS INDUSTRIALES
NO ESPECIALES

El régimen RINE de la Resolución 60/2026: registros, declaraciones juradas y trazabilidad para lo que hasta ayer no tenía marco propio.

El régimen

EL RESIDUO QUE
NADIE CONTROLABA

Durante años la industria bonaerense se movió con una única pregunta: ¿es especial o no es especial? Si la respuesta era no, el residuo salía por la puerta con un remito y ahí terminaba el rastro. Los Residuos Industriales No Especiales —recortes, descartes de proceso, embalajes, barros no peligrosos, chatarra— no estaban regulados como especiales, ni como patogénicos, ni como urbanos.

La Resolución 60/2026 del Ministerio de Ambiente de la Provincia cerró ese hueco. Creó tres registros provinciales —generadores, operadores y tecnologías—, integró todo en un Legajo Único Electrónico y puso declaraciones juradas donde antes había un remito.

El cambio de fondo no es administrativo: es de trazabilidad. Ahora hay que poder demostrar a dónde fue cada corriente y qué se hizo con ella, con certificado de tratamiento, valorización o disposición final. La lógica del régimen empuja hacia la valorización: reciclar y recuperar quedó por encima de disponer.

Norma Resolución 60/2026 del Ministerio de Ambiente PBA
Publicación Boletín Oficial del 17 de abril de 2026
Registros generadores, operadores y tecnologías
Declaración inicial al inscribirse y anual después

Cómo trabajamos

CÓMO SE ENCARA
LA INSCRIPCIÓN

01

Separar RINE de residuo especial

El primer trabajo es de clasificación. Una corriente que encuadra en el Anexo I de la Ley 11.720 no es RINE, por más que la planta la venga tratando como no especial. Empezar la inscripción con la clasificación mal hecha es garantizar una observación.

02

Inventario de corrientes y destinos

Qué genera el establecimiento, en qué volumen, con qué frecuencia y hacia dónde sale hoy. Este relevamiento suele revelar operadores que no están inscriptos o destinos que nadie puede acreditar.

03

Declaración jurada de inscripción

Armado y presentación de la declaración jurada inicial ante la Subsecretaría de Control y Fiscalización Ambiental, con la documentación del establecimiento y el detalle de corrientes.

04

Verificación de operadores

La resolución obliga a los operadores a estar inscriptos, incluso a los de otras provincias que prestan servicio a generadores bonaerenses. Contratar a uno que no lo esté deja al generador sin respaldo.

05

Circuito de certificados

Cada operación debe cerrar con su certificado de tratamiento, valorización o disposición final, que debe emitirse dentro de los 30 días. El archivo ordenado de esos certificados es lo que sostiene la declaración anual.

06

Declaración jurada anual

Ya inscripto, el generador presenta una declaración anual con el movimiento del período. Si el circuito documental se llevó al día, la declaración se arma sola; si no, hay que reconstruir un año hacia atrás.

Qué suele encuadrar como RINE

Corrientes industriales sin características de peligrosidad.

  • Recortes y descartes de proceso productivo
  • Embalajes y envases no contaminados
  • Barros de tratamiento sin carga peligrosa
  • Chatarra y metales de descarte
  • Madera, papel y cartón industrial
  • Rezagos de línea y producto no conforme

Lo que cambia respecto de antes

El remito dejó de alcanzar.

  • Inscripción obligatoria en el registro de generadores
  • Declaración jurada inicial y después anual
  • Certificado de tratamiento o disposición dentro de los 30 días
  • Tope de un año de almacenamiento desde la generación
  • El operador debe estar inscripto, sea o no de la provincia

El régimen entró en vigencia en julio de 2026. Los establecimientos que todavía no se inscribieron están operando con una obligación abierta, y la reconstrucción retroactiva de un circuito sin documentar es siempre más cara que llevarlo al día.

Marco legal

NORMATIVA
APLICABLE

NormaQué establece
Resolución 60/2026Marco regulatorio de los Residuos Industriales No Especiales. Publicada en el Boletín Oficial el 17/04/2026 (RESO-2026-60-GDEBA-MAMGP).
Registro de GeneradoresInscripción mediante declaración jurada, conforme el Anexo I de la resolución.
Registro de OperadoresAlcanza también a operadores de otras provincias que presten servicio a generadores bonaerenses.
Registro de TecnologíasTecnologías de tratamiento y valorización, con homologación de las preexistentes en un plazo de 6 meses.
Legajo Único ElectrónicoSistema digital donde se integra la declaración jurada anual del generador.
Ley 11.720Régimen de residuos especiales. Define por exclusión qué corriente no es RINE.

La normativa se actualiza con frecuencia: los datos de esta página fueron verificados contra fuente oficial y conviene confirmarlos al momento de aplicarlos.

Preguntas

PREGUNTAS
FRECUENTES

¿Qué es un residuo industrial no especial?

Un residuo generado en un proceso industrial que no está regulado como residuo especial, patogénico ni urbano. Recortes de proceso, embalajes, chatarra, barros sin carga peligrosa. La Resolución 60/2026 los sacó del vacío normativo en el que estaban.

¿Desde cuándo rige el régimen RINE?

La resolución se publicó en el Boletín Oficial el 17 de abril de 2026 y entró en vigencia en julio del mismo año. El Ministerio de Ambiente publica el 15 de julio de 2026 como fecha de entrada en vigencia.

¿Cuántas declaraciones juradas hay que presentar?

Una inicial, al momento de inscribirse en el registro de generadores, y después una anual con el movimiento del período. Cuando el residuo de un generador se usa como insumo del proceso de otro, la resolución prevé además declaraciones conjuntas.

¿Cuánto tiempo puedo almacenar un RINE?

La resolución fija un tope de un año desde la generación. Pasado ese plazo el residuo debe haber salido hacia tratamiento, valorización o disposición final.

¿Sirve un operador de otra provincia?

Sirve, pero tiene que estar inscripto en el registro provincial igual que uno bonaerense. La resolución alcanza expresamente a los operadores extraprovinciales que prestan servicio a generadores de la Provincia.

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