Residuos · Por corriente

ACEITE VEGETAL
USADO

La corriente más valorizable del rubro alimenticio y la que más problemas causa cuando termina donde no debe: en el desagüe.

La corriente

NO ES PELIGROSO,
PERO NO ES LIBRE

El aceite vegetal usado no encuadra en el Anexo I de la Ley 11.720: no es un residuo especial. Eso lleva a la conclusión equivocada de que puede manejarse sin más. No es así, por dos motivos distintos.

El primero es hídrico. Volcado al desagüe forma película, se adhiere a las paredes de las cañerías, arrastra sólidos y termina en la cámara de grasa o directamente en el efluente. Ahí impacta de lleno en el parámetro de sustancias solubles en éter, que la Res. ADA 336/03 limita a 50 mg/l para descarga a pluvial o curso de agua. Una fritura mal gestionada puede sacar de límite a una planta que funciona bien.

El segundo es regulatorio y es local. En la Provincia de Buenos Aires no hay un registro provincial único de aceite vegetal usado: el régimen se resolvió mayormente por ordenanza municipal, y cambia de partido en partido. Varios municipios tienen su propio registro de generadores y de transportistas; la Ciudad de Buenos Aires tiene el suyo, separado. Lo primero de cualquier proyecto es verificar qué rige en el partido donde está el establecimiento.

Encuadre no es residuo especial — no figura en el Anexo I
Régimen mayormente municipal, cambia por partido
Riesgo real el desagüe y el parámetro de solubles en éter
Destino valorización, principalmente biodiesel

Cómo trabajamos

DE LA FREIDORA
AL BIODIÉSEL

01

Verificación del régimen local

Se revisa qué exige el municipio donde está el establecimiento: si hay registro de generadores, si el transportista debe estar habilitado localmente y qué constancia hay que conservar. Es el paso que no se puede resolver de manera general.

02

Separación en origen

Recipientes cerrados junto a las freidoras y una consigna clara: el aceite no va al desagüe ni a la pileta. Es una medida de centavos que evita el problema hídrico completo.

03

Acopio en condiciones

Bidones o tanques cerrados, sobre contención, en sector fresco y sin mezclar con otras corrientes. El aceite contaminado con solventes o con agua pierde valor y puede cambiar de encuadre.

04

Operador de valorización

Se selecciona un recolector que efectivamente valorice el aceite —el destino habitual es la producción de biodiesel— y que cumpla los requisitos del municipio. Se pide y se archiva la constancia de cada retiro.

05

Encuadre RINE cuando corresponde

En establecimientos industriales, el aceite vegetal usado que no encuadra como especial cae dentro del universo de residuos industriales no especiales, con las obligaciones de registro y declaración jurada de la Resolución 60/2026.

06

Protección del circuito de efluentes

Se revisa que la cámara de grasa esté dimensionada y con mantenimiento real, y que ningún punto de aceite descargue aguas abajo del tratamiento. Es la parte que protege el permiso de vuelco.

Dónde se genera

Los orígenes habituales de la corriente.

  • Freidoras de planta y de comedor de personal
  • Procesos de fritura industrial en alimentación
  • Cocinas de establecimientos gastronómicos
  • Descarte de aceite fuera de especificación
  • Limpieza de tanques y líneas de aceite

Qué pasa cuando va al desagüe

La cadena de consecuencias, en orden.

  • Se adhiere a las paredes de la cañería y reduce la sección
  • Satura la cámara de grasa antes de tiempo
  • Dispara el parámetro de sustancias solubles en éter del efluente
  • Puede sacar de límite una planta de tratamiento que funciona bien
  • Genera olor y atrae plagas en el sector de acopio

Es una de las pocas corrientes que tiene valor de mercado. Bien separada se retira sin costo o incluso se vende; mal gestionada, termina pagándose dos veces: en el desatasco y en el efluente fuera de parámetro.

Marco legal

NORMATIVA
APLICABLE

NormaQué establece
Ordenanzas municipalesEl régimen de aceite vegetal usado en la Provincia se resolvió mayormente a nivel municipal: registros de generadores y transportistas que cambian según el partido.
Resolución 60/2026Régimen RINE: en establecimientos industriales, el aceite vegetal usado que no encuadra como especial queda alcanzado por el registro y la declaración jurada.
Ley 11.720No lo alcanza como residuo especial, salvo que se contamine con corrientes que sí encuadren en el Anexo I.
Res. ADA 336/03Fija el límite de sustancias solubles en éter del efluente: 50 mg/l para descarga a conducto pluvial o curso de agua.

La normativa se actualiza con frecuencia: los datos de esta página fueron verificados contra fuente oficial y conviene confirmarlos al momento de aplicarlos.

Preguntas

PREGUNTAS
FRECUENTES

¿El aceite vegetal usado es residuo especial?

No. No figura en el Anexo I de la Ley 11.720. Sí queda alcanzado por el régimen RINE cuando lo genera un establecimiento industrial, y por la ordenanza del municipio donde está radicado.

¿Hay un registro provincial de aceite vegetal usado?

No encontramos un registro provincial único en la Provincia de Buenos Aires. El régimen se resolvió mayormente por ordenanza municipal y varía por partido; la Ciudad de Buenos Aires tiene su propio registro, que es una jurisdicción distinta.

¿Qué pasa si lo tiro por el desagüe?

Impacta directamente en el parámetro de sustancias solubles en éter del efluente, que para descarga a pluvial o curso de agua está limitado a 50 mg/l. Además satura la cámara de grasa y reduce la sección de las cañerías. Es la vía más rápida de sacar de límite una planta que venía cumpliendo.

¿Se puede cobrar por entregarlo?

Es una de las pocas corrientes con valor de mercado, porque se valoriza principalmente como materia prima de biodiesel. Lo que define el valor es la calidad: aceite limpio, sin agua y sin mezcla con otras corrientes.

¿Se puede mezclar con aceite mineral usado?

No conviene bajo ningún concepto. El aceite mineral usado encuadra en la categoría Y8 del Anexo I y es residuo especial; mezclarlo con el vegetal contamina toda la corriente, le hace perder valor y la arrastra al régimen más exigente.

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