Sectorización
Definición de los sectores de incendio del establecimiento, que es el paso previo y el que más incide en el resultado final.
El estudio
La carga de fuego es la cantidad de material combustible presente en un sector de incendio, expresada en kilogramos por metro cuadrado de madera equivalente. No es un dato decorativo: de ella dependen las exigencias constructivas y de protección de todo el sector.
El Anexo VII del Decreto 351/79 es el que fija el método. El cálculo se hace por sector de incendio, relevando los combustibles presentes —sólidos y líquidos— y llevándolos a una unidad común. Con ese valor y con el riesgo del sector, clasificado de R1 a R7 según el tipo de combustible, se entra en las tablas del anexo.
El anexo trae dos tablas distintas y usar la equivocada cambia el resultado: la tabla 2.2.1 aplica a sectores con ventilación natural y la 2.2.2 a los que tienen ventilación mecánica o forzada. De ahí sale la resistencia al fuego exigida a los elementos estructurales y constructivos.
El mismo estudio define la dotación de extintores —cantidad, tipo y ubicación— y las medidas de protección complementarias que corresponden. Es el documento que suele pedir el municipio o el cuerpo de bomberos en una habilitación, y el que ordena qué hay que corregir cuando un sector no verifica.
Cómo trabajamos
Definición de los sectores de incendio del establecimiento, que es el paso previo y el que más incide en el resultado final.
Inventario de los materiales combustibles de cada sector, sólidos y líquidos, con las cantidades efectivamente presentes.
Conversión a una unidad común y determinación del valor por sector, expresado en kilogramos por metro cuadrado.
Determinación del riesgo del sector, de R1 a R7, según el tipo de combustible que predomina.
Ingreso a la tabla que corresponda según la ventilación del sector, y determinación de la resistencia al fuego requerida.
Cantidad, tipo y ubicación de extintores, y las medidas de protección complementarias que el sector requiera.
Un solo cálculo define varias exigencias distintas del establecimiento.
Casi siempre por cómo se definieron los sectores o por qué se contó.
El estudio refleja el establecimiento del día en que se hizo. Un cambio de rubro, de depósito o de estiba lo desactualiza aunque el edificio sea el mismo.
Marco legal
| Norma | Qué establece |
|---|---|
| Decreto 351/79 · Anexo VII | Reglamentación de la Ley 19.587 en materia de protección contra incendios. Define el método de cálculo, la clasificación de riesgos y las tablas de resistencia al fuego. |
| Tablas 2.2.1 y 2.2.2 | Del propio Anexo VII. La primera aplica a sectores con ventilación natural y la segunda a los de ventilación mecánica; determinan la resistencia al fuego exigida. |
| Ley 19.587 | Ley de higiene y seguridad en el trabajo, marco general de la obligación. |
| Normativa local | Los municipios y los cuerpos de bomberos suelen agregar requisitos propios de habilitación, que conviene verificar en cada partido. |
La normativa se actualiza con frecuencia: los datos de esta página fueron verificados contra fuente oficial y conviene confirmarlos al momento de aplicarlos.
Preguntas
Es la cantidad de material combustible presente en un sector, expresada en kilogramos por metro cuadrado de madera equivalente. Se calcula relevando los combustibles del sector y llevándolos a esa unidad común, de modo que puedan compararse materiales muy distintos entre sí.
Suele pedirse en habilitaciones municipales y en las inspecciones del cuerpo de bomberos, porque de la carga de fuego dependen la resistencia al fuego exigida a la construcción y la dotación de extintores. También lo relevan las aseguradoras de riesgos del trabajo dentro del cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad.
El decreto no fija una periodicidad como la de los protocolos de medición, pero el estudio refleja las condiciones del día en que se hizo. Un cambio de rubro, una ampliación, un depósito nuevo o una modificación de la estiba cambian la carga de fuego y obligan a recalcular.
Sí, y bastante. El Anexo VII trae dos tablas: la 2.2.1 para sectores con ventilación natural y la 2.2.2 para los de ventilación mecánica. Usar la que no corresponde da una resistencia al fuego exigida distinta de la real.
Son documentos distintos pero encadenados: el estudio de carga de fuego aporta la base técnica sobre la que se definen los medios de escape y la señalización. Lo habitual es resolverlos juntos, sobre todo cuando el destino es una habilitación.
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