Higiene laboral · Res. SRT 84/12

MEDICIÓN DE
ILUMINACIÓN

Medición de los niveles de iluminación en puestos y sectores de trabajo según el protocolo oficial, con el informe que pide la aseguradora y el plan de acción si algún punto no llega.

El protocolo

QUÉ EXIGE EL
PROTOCOLO DE ILUMINACIÓN

La Resolución SRT 84/12 aprobó el protocolo para la medición de la iluminación en el ambiente laboral y lo hizo de uso obligatorio para todos los que deban medir niveles de iluminación en el marco de la Ley 19.587.

El protocolo no se conforma con un número general del establecimiento. Se mide por puesto y por sector, y cada punto medido se compara contra el valor que la reglamentación exige para esa tarea concreta: no pide lo mismo un depósito que una mesa de inspección visual.

El dato que más se pasa por alto es el de la vigencia. El artículo 2 de la resolución establece que los valores de la medición tienen una validez de doce meses. Pasado ese plazo, el protocolo deja de servir como respaldo, aunque las condiciones del establecimiento no hayan cambiado.

Si algún punto no alcanza el nivel exigido, el informe no termina ahí: hay que dejar asentadas las recomendaciones y el plan de acción para llevar el ambiente a los valores de la normativa. Esa parte es la que las auditorías leen con más atención.

Validez de 12 meses desde la medición
Protocolo oficial de la Resolución SRT 84/12
Medición por puesto y por sector
Informe firmado por profesional habilitado
Plan de acción si algún punto no cumple

Cómo trabajamos

QUÉ INCLUYE
LA MEDICIÓN

01

Relevamiento previo

Recorrida del establecimiento para definir los puntos de medición según la distribución de puestos, la tarea de cada uno y las fuentes de luz existentes.

02

Medición con instrumental

Registro de los niveles en cada punto definido, con el instrumental y el método que fija el protocolo, y en las condiciones reales de trabajo.

03

Comparación con lo exigido

Cada valor medido se contrasta contra el nivel que la reglamentación pide para esa tarea, no contra un promedio del establecimiento.

04

Protocolo completo

Documento con los datos del establecimiento, el plano de puntos, los valores registrados y la conclusión, firmado por profesional habilitado.

05

Recomendaciones

Si algún punto queda por debajo, se define qué corregir: cambio de luminarias, redistribución, refuerzo localizado o modificación del puesto.

06

Remedición

Una vez ejecutadas las correcciones, se vuelve a medir para dejar constancia de que el ambiente ya cumple.

Qué queda registrado

Cada punto medido, la tarea que se realiza ahí y el valor exigido para esa tarea.

  • Identificación del establecimiento y del sector
  • Plano o croquis con los puntos de medición
  • Tipo de iluminación: natural, artificial o mixta
  • Valor medido en cada punto, en lux
  • Valor exigido por la reglamentación para esa tarea
  • Uniformidad de la iluminación en el sector
  • Conclusión de cumplimiento por punto
  • Recomendaciones y plan de acción

Errores que hacen que no sirva

Un protocolo mal hecho no protege: en una auditoría vale lo mismo que no tenerlo.

  • Medir con el establecimiento vacío y sin la maquinaria funcionando
  • Un solo valor promedio para todo el sector, sin detalle por puesto
  • Comparar contra un nivel genérico y no contra el exigido para la tarea
  • Protocolo sin plano de puntos, imposible de auditar después
  • Documento vencido: más de doce meses desde la medición
  • Detectar el incumplimiento y no dejar asentado el plan de acción

Si la medición da mal, el problema no es la medición: es la instalación. El protocolo sirve justamente para saber dónde y cuánto corregir.

Marco legal

NORMATIVA
APLICABLE

NormaQué establece
Resolución SRT 84/12Aprueba el protocolo para la medición de la iluminación en el ambiente laboral y lo declara de uso obligatorio. Su artículo 2 fija la validez de doce meses de los valores medidos.
Ley 19.587Ley de higiene y seguridad en el trabajo. Es el marco del que deriva la obligación de garantizar condiciones de iluminación adecuadas.
Decreto 351/79Reglamentación de la Ley 19.587. Establece los niveles de iluminación exigidos según el tipo de tarea y el sector.
Guía práctica SRTEl organismo publica una guía de aplicación del protocolo, que conviene consultar porque se actualiza.

La normativa se actualiza con frecuencia: los datos de esta página fueron verificados contra fuente oficial y conviene confirmarlos al momento de aplicarlos.

Preguntas

PREGUNTAS
FRECUENTES

¿Cada cuánto hay que medir la iluminación?

El artículo 2 de la Resolución SRT 84/12 establece que los valores medidos tienen una validez de doce meses. Además de ese vencimiento, conviene repetir la medición cada vez que cambian las condiciones: una modificación del layout, un cambio de luminarias o la incorporación de un puesto nuevo dejan sin respaldo al protocolo anterior para ese sector.

¿Qué pasa si un puesto no llega al nivel exigido?

No invalida el trabajo. El protocolo contempla que se registren las recomendaciones y el plan de acción para adecuar el ambiente. Lo que sí observa una auditoría es el caso contrario: un protocolo que detecta el incumplimiento y no propone nada, o un plan de acción que quedó sin ejecutar durante meses.

¿Sirve un protocolo de hace dos años?

No. Pasados los doce meses, los valores dejan de tener validez a los efectos de la resolución. Es uno de los hallazgos más frecuentes en las auditorías de aseguradora: mediciones que existen pero están vencidas.

¿La aseguradora lo pide siempre?

Las aseguradoras de riesgos del trabajo relevan el cumplimiento de la normativa de higiene y seguridad, y las mediciones de higiene laboral están entre lo primero que solicitan. También suele pedirlo el comitente cuando se trabaja para terceros.

¿Se puede medir de día si el trabajo es de noche?

La medición tiene que reflejar las condiciones reales de la tarea. Si el turno de trabajo es nocturno y depende de iluminación artificial, medir de día con aporte de luz natural da un resultado que no representa nada.

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