Técnico Actualizado agosto 2026 7 min de lectura

¿QUÉ HAGO CON LAS BATERÍAS USADAS DE MI PLANTA?

Se cambian cuando fallan, se las lleva el proveedor que trae la nueva y nadie vuelve a pensar en el tema. Ahí está el problema.

De todas las corrientes de residuos de una planta industrial, las baterías son probablemente la que más veces queda fuera del legajo. No por decisión: por costumbre. Son un consumo de mantenimiento, se compran cuando hace falta y salen por la misma puerta por la que entró la nueva.

El problema es que, normativamente, no son un consumo. Son un residuo especial, y de los más claros que hay.

Por qué son residuo especial

Una batería de plomo-ácido agotada reúne dos categorías del Anexo I de la Ley 11.720 al mismo tiempo:

  • Y31 — plomo y compuestos de plomo. Las placas.
  • Y34 — soluciones ácidas o ácidos en forma sólida. El electrolito.

Cuando una corriente encuadra en el Anexo I, la ley la presume residuo especial salvo que se demuestre que carece de las características de peligrosidad del Anexo II. Con plomo y ácido sulfúrico en el mismo objeto, esa demostración no existe. Si querés el detalle de cómo funciona ese doble filtro, lo desarrollamos en la nota sobre qué régimen aplica a cada corriente.

El canje no cierra el circuito

Esta es la parte que más sorprende. El intercambio habitual —entregás la batería vieja y te descuentan del precio de la nueva— es una operación comercial. La salida de un residuo especial del establecimiento es otra operación, con su propio requisito documental. Que ocurran en el mismo momento y con la misma persona no las convierte en la misma cosa.

Las dos preguntas que hay que poder responder

1. ¿El que se llevó la batería está inscripto como transportista de residuos especiales?
2. ¿Salió con manifiesto, y ese manifiesto volvió firmado por la planta de reciclado?

Si alguna de las dos respuestas es «no sé», ese movimiento está fuera del circuito y la responsabilidad sigue siendo del generador. El manifiesto es lo único que la transfiere.

Vale aclarar que buena parte del circuito de baterías del país funciona de manera informal, y no todo el que recolecta está habilitado. Pedir el certificado de inscripción vigente antes del primer retiro es una conversación incómoda de treinta segundos que evita un hallazgo de auditoría.

Cómo se acopian sin riesgo

Mientras esperan el retiro, las baterías son de las corrientes con mayor riesgo operativo del depósito. Cuatro cosas resuelven casi todo:

  • Contención resistente al ácido. Bandeja o recinto que retenga el electrolito si una carcasa se fisura. Un derrame de ácido sobre piso común no se contiene, se propaga.
  • Ventilación. Las baterías de plomo-ácido desprenden hidrógeno, sobre todo si alguna queda conectada a un cargador. Un recinto cerrado acumula una mezcla explosiva.
  • Bornes aislados y apilado estable. Un cortocircuito entre bornes de baterías apiladas genera calor suficiente para iniciar un incendio.
  • Nada combustible cerca. Ni cartón, ni trapos, ni envases con remanente de solvente.

El sector de baterías tiene además un cruce con higiene y seguridad que casi nunca está contemplado: suma carga de fuego y exposición química en un lugar que no es un puesto de trabajo permanente, así que queda afuera de los relevamientos. Lo desarrollamos en la nota de almacenamiento transitorio.

Dónde aparecen en una planta

Al relevar, casi siempre aparecen dos o tres orígenes que no estaban en el listado:

  • Autoelevadores y equipos de movimiento de carga.
  • UPS de sala de servidores y de tableros críticos.
  • Grupos electrógenos y sistemas de arranque.
  • Flota de vehículos propios.
  • Luminarias de emergencia y sistemas autónomos.
  • Baterías internas de equipos electrónicos que se dan de baja.

Ese último punto es el que más se pasa por alto: cuando se descarta un equipo electrónico, la batería interna es una corriente aparte y no acompaña al equipo. Es parte de lo que hay que separar en una baja de RAEE.

Las de litio son otra cosa

Las baterías de litio se encuadran según su composición y sus características de peligrosidad, que no son las mismas que las de plomo-ácido. Pero la diferencia práctica más importante está en el acopio: son sensibles al daño mecánico y a la temperatura, y una celda dañada puede entrar en fuga térmica.

Conviene tratarlas como corriente separada, con su propio sector, sin apilar peso encima y sin mezclarlas con las de plomo. No es una formalidad de clasificación: es la diferencia entre un depósito y un incendio.

Preguntas frecuentes

¿Las baterías de autoelevador son residuo especial?

Sí. Las de plomo-ácido encuadran simultáneamente en Y31 —plomo y compuestos de plomo— e Y34 —soluciones ácidas— del Anexo I de la Ley 11.720, así que arrastran el régimen completo de residuos especiales.

El proveedor se lleva la vieja cuando trae la nueva. ¿Está bien?

Está bien sólo si ese proveedor está inscripto como transportista de residuos especiales y el retiro sale con manifiesto que después vuelve firmado por la planta receptora. El descuento comercial y la salida del residuo son operaciones distintas.

¿Puedo guardar las baterías hasta juntar una cantidad?

Se puede acopiar mientras las condiciones del sector lo permitan y dentro de los tiempos que surjan del legajo: contención resistente al ácido, ventilación, bornes aislados y apilado estable. Lo que no conviene es acumular durante años en un rincón sin declarar.

¿Qué hago con las baterías internas de equipos que doy de baja?

Se separan del equipo y se tratan como corriente propia. Acompañar la batería con el resto del RAEE mezcla dos encuadres distintos y complica tanto la refuncionalización como el destino del descarte.

¿Y las pilas comunes del personal?

Las pilas de consumo tienen un circuito distinto, en buena medida municipal, y no forman parte del régimen industrial que describe esta nota. Si el establecimiento junta pilas por una campaña interna, conviene verificar qué prevé el municipio.

La normativa de residuos de la Provincia de Buenos Aires se actualiza por resolución y varias corrientes tienen además régimen municipal. Los datos de esta nota fueron verificados en agosto de 2026 contra el texto de las normas citadas; conviene confirmar el régimen vigente en el partido donde está el establecimiento antes de aplicarlos.

Escrito por
Lic. Ezequiel Vizzolini
Gestión ambiental · HIDECA Ingeniería