El Decreto 128/2026, publicado en el Boletín Oficial el 4 de marzo de 2026, sustituyó íntegramente el Anexo II del Decreto 593/2019 —el que contiene las tres listas de sustancias controladas— e incorporó 56 sustancias nuevas.
Es el cambio más grande al listado en años, y pasó bastante desapercibido fuera del círculo de los que ya estaban inscriptos.
Qué hizo el decreto
- 31 sustancias a Lista I, el régimen más exigente
- 25 sustancias a Lista III, sin obligación de inscripción pero con registro de existencias
- Lista II: sin cambios declarados
La vigencia fue inmediata desde la publicación.
Las incorporaciones a Lista I
La mayoría son sustancias de síntesis con uso industrial acotado, incorporadas por su rol en rutas de producción ilícita: 1,4-butanodiol, derivados nitrados y clorados del benceno, 4-piperidona y su derivado protegido, ésteres del ácido 3,4-MDP-2-P, y varios intermedios de síntesis.
Para el grueso de la industria general, este bloque cambia poco. Para laboratorios de síntesis, química fina y algunos rubros farmacéuticos, cambia bastante.
Las incorporaciones a Lista III
Acá está el impacto real para la industria común. Entre las 25 nuevas hay solventes y disolventes de uso masivo:
- Acetato de butilo, de metilo, de pentilo y de propilo
- Alcohol propílico, sec-butílico, ter-butílico y pentílico
- Ciclohexano y ciclohexeno
- Estireno
- Éter isopropílico, formiato de etilo
- Tetracloroetileno y tetracloruro de carbono
- Trementina y metabisulfito de sodio
Este es el punto que casi nadie comunicó. El estireno es la base de los poliésteres insaturados. Los acetatos y los alcoholes son solventes de pinturas, lacas y adhesivos. El ciclohexano aparece en formulaciones de limpieza industrial. Es decir: pinturerías, plantas de recubrimientos, fábricas de plásticos reforzados y de adhesivos pasaron a estar dentro del régimen de un día para el otro.
A quién le cambia la vida
Depende de dónde estaba parado antes del decreto:
- Ya inscripto: hay que revisar si alguna sustancia nueva de Lista I entró al listado que operás, porque eso puede cambiar el encuadre y las obligaciones de informe.
- Exento porque operabas solo Lista III: seguís exento, pero ahora tenés más sustancias alcanzadas por la obligación de registro de existencias.
- Fuera del régimen por completo: puede que ya no lo estés. Si trabajás con estireno, acetatos, alcoholes o ciclohexano, ahora te corresponde llevar registro auditable.
Nada de esto se notifica. El listado cambia por decreto y la obligación empieza a correr desde la publicación. La única forma de enterarse es revisar el Anexo II vigente contra el listado real de compras del establecimiento.
El listado consolidado hay que bajarlo del anexo oficial. El Boletín Oficial publicó las listas como imágenes, así que el texto completo con posiciones arancelarias está en el PDF del Anexo II que difunde el propio RENPRE. Cualquier listado que circule transcripto conviene contrastarlo contra esa fuente.
Preguntas frecuentes
¿Qué cambió el Decreto 128/2026?
Sustituyó íntegramente el Anexo II del Decreto 593/2019 e incorporó 56 sustancias: 31 a Lista I y 25 a Lista III. La Lista II no registró cambios declarados. Se publicó en el Boletín Oficial el 4 de marzo de 2026, con vigencia inmediata.
Trabajo con estireno, ¿ahora estoy alcanzado?
El estireno fue incorporado a Lista III por el Decreto 128/2026. Eso no obliga a inscribirse en el RENPRE, pero sí a mantener un registro de existencias fidedigno y detallado, exigible en cualquier momento.
¿Me tenían que avisar?
No hay notificación individual. El listado se modifica por decreto y la obligación rige desde la publicación en el Boletín Oficial. La única forma de detectarlo es contrastar el listado de compras del establecimiento contra el Anexo II vigente.
Ya estaba inscripto, ¿tengo que hacer algo?
Conviene revisar si alguna de las 31 sustancias nuevas de Lista I está entre las que operás. De ser así, puede cambiar el encuadre de la inscripción y el alcance de los informes de movimientos.
¿Dónde consigo el listado completo?
En el PDF del Anexo II vigente que difunde el RENPRE. El Boletín Oficial publicó las listas como imágenes, así que conviene trabajar sobre el documento oficial y no sobre transcripciones de terceros.
Contenido verificado contra el Boletín Oficial y el sitio del RENPRE en agosto de 2026. La normativa de precursores cambia con frecuencia: verificá la vigencia antes de tomar una decisión.