Sí, se puede. Pero con autorización previa, y ese «previa» es la parte que más problemas trae: no es un papel que se saque después de tener el pozo andando.
La respuesta corta
El Código de Aguas de la Provincia de Buenos Aires —la Ley 12.257— establece que el agua es un bien del dominio público provincial. Que esté debajo de tu terreno no la hace tuya. Su captación requiere autorización de la Autoridad del Agua, cualquiera sea el volumen y cualquiera sea el uso.
Por qué hace falta autorización
No es sólo recaudación. Un acuífero es un recurso compartido: el pozo que hacés hoy influye sobre los pozos vecinos, y la suma de todos define si el recurso aguanta. El régimen existe para saber cuánto se extrae, de dónde y para qué.
Hay además una razón sanitaria. Una perforación mal ejecutada conecta la superficie con el acuífero y puede contaminar el recurso del que toman todos los pozos de la zona, incluido el tuyo.
La secuencia del trámite
El régimen vigente organiza el camino en etapas. En orden:
- Declaración Jurada Inicial. Releva datos del usuario y del inmueble, usos y caudales, efluentes y redes de monitoreo. Es el punto de partida de todo.
- Calificación Hídrica. Cuatro niveles, de CHi0 a CHi3, asignados según el uso del recurso, la localización y la generación de efluentes. Definen por qué grado de complejidad transita el trámite.
- Nivel de Funcionamiento. Distingue entre quien todavía no ejecutó la obra (NF0) y quien ya la tiene ejecutada u operativa (NF1). No es un detalle: cambia lo que se exige.
- Aptitud de obra para explotación del recurso subterráneo. Es la instancia previa al permiso y la que habilita a perforar.
- Ejecución, ensayo de bombeo y análisis de calidad.
- Permiso de Explotación del Recurso Hídrico Subterráneo, que autoriza la extracción del caudal solicitado.
El Resumen del Proyecto Ejecutivo es requisito esencial y obligatorio para solicitar el permiso. Tiene carácter de declaración jurada y debe estar suscripto por profesional. No es un formulario: es documentación técnica con responsabilidad profesional detrás.
Compré el predio con el pozo ya hecho
Es el caso más frecuente de todos, y casi siempre se descubre tarde: al pedir una habilitación, al renovar un permiso ambiental o cuando un organismo cruza información.
Existe la vía de regularización, que pone en regla captaciones existentes nunca declaradas. Se encuadra como Nivel de Funcionamiento NF1 —obra ya ejecutada— y por eso exige, entre otras cosas, registro fotográfico de lo construido.
Un pozo sin permiso es una captación irregular. Expone a intimaciones y sanciones, y en la práctica lo que más duele es que traba otros trámites: habilitaciones municipales, renovaciones de certificados ambientales, operaciones inmobiliarias. Conviene revisarlo antes de comprar, no después.
Qué mirar antes de decidir
- ¿Hay red de agua disponible? A veces la conexión resulta más barata que el pozo más su operación y sus trámites.
- ¿El acuífero da el caudal que necesitás? Un estudio hidrogeológico previo lo responde antes de perforar.
- ¿Qué calidad tiene el agua para tu uso? Un agua apta para riego puede no serlo para proceso, y el tratamiento cambia el número final.
- ¿Dónde están los pozos absorbentes, los tanques enterrados y las fuentes de contaminación propias y vecinas?
- ¿Hay pozos vecinos que puedan interferir? Dos captaciones cercanas sobre el mismo acuífero compiten.
Preguntas frecuentes
¿El agua debajo de mi terreno es mía?
No. El Código de Aguas de la Provincia de Buenos Aires establece que el agua es un bien del dominio público provincial. La propiedad del terreno no incluye la del recurso, y su captación requiere autorización de la Autoridad del Agua cualquiera sea el volumen y el uso.
¿Necesito permiso aunque sea un pozo chico?
El régimen no exceptúa por volumen: toda captación requiere autorización. Lo que sí cambia según el uso, la localización y la generación de efluentes es la calificación hídrica, que define por qué grado de complejidad transita el trámite.
Compré un campo con un pozo que nadie declaró, ¿qué hago?
Existe la vía de regularización. Se encuadra como obra ya ejecutada, lo que exige documentación adicional —incluido registro fotográfico de lo construido—. Conviene resolverlo antes de que aparezca frenando una habilitación o una operación, que es cuando suele descubrirse.
¿Puedo perforar primero y tramitar después?
La autorización es previa a la ejecución. Perforar antes deja la captación en situación irregular y encarece la regularización posterior, además de exponer a intimaciones y a que el pozo trabe otros trámites del establecimiento.
¿Qué pasa si el pozo lo hizo el anterior dueño sin permiso?
La captación irregular sigue siéndolo con el nuevo titular. La responsabilidad de regularizar recae sobre quien explota el recurso hoy, así que conviene verificar la situación del pozo como parte de la debida diligencia antes de comprar.
Contenido técnico general. El régimen de la Autoridad del Agua se actualiza: verificá el procedimiento vigente antes de presentar cualquier trámite.