El estado parcelario es uno de los conceptos centrales de la información catastral bonaerense. La Ley 10.707 establece que el Catastro Territorial de la Provincia tiene, entre otras funciones, determinar la ubicación, límites, dimensiones, superficie y linderos de los inmuebles y establecer o verificar su estado parcelario.
¿Qué significa en la práctica?
Significa que la parcela cuenta con una identificación y una serie de elementos catastrales que permiten relacionar el inmueble real con sus antecedentes jurídicos y registrales. No se trata solamente de saber “cuántos metros tiene” un terreno.
¿Cuándo se constituye?
La constitución del estado parcelario forma parte de las operaciones catastrales destinadas a determinar la parcela. La documentación y el procedimiento concreto dependen del inmueble y de la operación.
¿Qué es la verificación de subsistencia?
La Ley 10.707 establece que, después de constituido el estado parcelario, debe verificarse su subsistencia en determinadas transmisiones o modificaciones de derechos reales cuando hayan vencido los plazos legales. Para inmuebles rurales o subrurales, el plazo general es de 12 años; para inmuebles urbanos o suburbanos edificados, 6 años; para baldíos, 2 años. Existen reglas específicas para unidades funcionales de propiedad horizontal.
Los plazos corresponden a la Ley 10.707 y pueden existir excepciones reglamentarias. Antes de una operación inmobiliaria conviene verificar la situación concreta de la parcela y la normativa aplicable.
¿Qué relación tiene con ARBA?
ARBA concentra buena parte de la gestión catastral provincial y mantiene información y servicios vinculados con Catastro y Geodesia, incluyendo herramientas de constitución del estado parcelario y normas de dibujo.
¿Qué documentación puede intervenir?
La Ley 10.707 contempla, para la registración de actos destinados a constituir o ratificar el estado parcelario, elementos como plano original, informe técnico, declaración de mejoras, antecedentes catastrales, certificado de dominio y cédula catastral, según corresponda.
Conclusión
Entender el estado parcelario permite detectar a tiempo si una propiedad necesita una operación de agrimensura antes de una venta, sucesión, subdivisión u otra operación sobre derechos reales.
HIDECA analiza los antecedentes y determina si corresponde una mensura, constitución o verificación de estado parcelario.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el estado parcelario?
Es el conjunto de elementos catastrales que identifican y describen la parcela conforme al régimen de Catastro.
¿Cuánto dura el estado parcelario en Provincia de Buenos Aires?
La Ley 10.707 establece distintos plazos para la verificación de subsistencia según el tipo y ubicación de la parcela. En términos generales: 12 años rural/subrural, 6 años urbano/suburbano edificado y 2 años urbano/suburbano baldío, con reglas particulares para PH.
¿Estado parcelario y plano de mensura son lo mismo?
No. La mensura es una operación de agrimensura; el estado parcelario es la situación catastral de la parcela y puede constituirse, modificarse o verificarse mediante operaciones técnicas.
¿Quién realiza la verificación?
Debe intervenir un profesional con incumbencia en agrimensura conforme al régimen provincial.